Buscamos que todos hablemos un mismo lenguaje y que podamos fortalecer nuestros conocimientos, por esta razon los recursos que complilamos en esta seccion brindan lineamientos clave para la inclusión del enfoque de género en el país.
Esta sección incluye: documentos de política pública, datos oficiales, experiencias de implementación, entre otras.
Conoce las opciones.
La normatividad relacionada a continuación es un marco de referencia en cuánto a las leyes y normales de nivel nacional e internacional que provee lineamientos generales para la transversalización del enfoque de género
Normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres.
Creación del tipo penal de feminicidio y otras disposiciones.
Víctimas de Ataques con Ácido, tipifica como delito autónomo esta conducta; endurece las sanciones a los agresores; y elimina beneficios, como la suspensión condicional de la ejecución de la pena.
Normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, rereforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones.
Ley Antidiscriminación con la que se incluye en el Código Penal.
Define como enfoques para el abordaje en salud el enfoque poblacional y diferencial.
Prevención de la discriminación por razones de orientación sexual e identidad de género, mediante la promoción de la acción afirmativa.
Sobre la violencia y el acoso que dicta algunas disposiciones en materia de género.
CEDAW
ONU Mujeres. Conscientes de que la igualdad de género es indispensable para el logro del desarrollo sostenible, los Organismos Iberoamericanos se han comprometido a promover y trabajar a favor de la igualdad entre mujeres y hombres a través de la incorporación de la perspectiva de género en todos sus ámbitos de actuación….
El enfoque de género tiene como objetivo identificar y caracterizar las particularidades contextuales y situaciones vivenciadas por las personas de acuerdo con su sexo y a los constructos sociales asociados con dicho sexo, con sus implicaciones y diferencias económicas, políticas, psicológicas, culturales y jurídicas, identificando brechas y patrones de discriminación.
El análisis de impacto de género (AIG) consiste en un examen exante de las potenciales consecuencias de la aplicación de una ley, acuerdo o política pública sobre mujeres y población LGBTIQ+
La matriz de enfoque de género propone ser un instrumento para analizar a la luz del enfoque de género diferentes tesis o argumentos.
La guía de lenguaje incluyente tiene como objetivo presentar los principios básicos, recomendaciones y ejemplos del uso del lenguaje incluyente para integrarlos en la construcción de documentos, discursos y comunicaciones.
Acción afirmativa o positiva
Son las medidas tomadas por el Estado de manera temporal para igualar las condiciones reales de grupos históricamente discriminados. Este tipo de acciones se divide en dos corrientes: la acción afirmativa y la discriminación inversa o positiva. La primera tiene como propósito “… promover a grupos específicos con el fin de reducir las desigualdades de tipo social, cultural, económico o en su representación política”; la segunda busca “… obrar a favor de grupos tradicionalmente discriminados con base en el sexo, raza o etnia, y que además se produce en una situación de especial escasez de bienes deseados” (Secretaría Distrital de la Mujer, 2013).
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Autonomía de las mujeres
Es el grado de libertad que una mujer tiene para poder actuar de acuerdo con su elección y no con la de otros. Hay una relación entre la adquisición de autonomía de las mujeres y los espacios de poder en los que inciden, tanto individual como colectivamente (Naciones Unidas, 2005, 114).
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Autonomía económica
Capacidad de generar ingresos y recursos propios a partir del acceso al trabajo remunerado en igualdad de condiciones con los hombres, así como de tener control sobre los mismos (Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe).
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Autonomía en la toma de decisiones
Participación de las mujeres en todos los poderes públicos y posibilidad de ejercer su ciudadanía política con independencia y recursos (Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y El Caribe).
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Autonomía física
Entendida como la libertad de las mujeres para tomar decisiones acerca de su sexualidad y el ejercicio de los derechos reproductivos, así como el derecho a vivir libres de violencias (Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe).
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Brechas de género
Son una medida que muestra la distancia entre mujeres y hombres con respecto a un mismo indicador. Reflejan las desigualdades que existen entre mujeres y hombres para acceder a las oportunidades y en el control de recursos económicos, políticos, culturales y personales (Eternod, 2018).
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Equidad de género
De acuerdo con Evangelina García, hay personas o grupos cuya especificidades los hacen diferentes, “… esto puede significar un obstáculo o impedimento para el acceso a la oportunidad, que les estaría negada u obstaculizada ya que su especificidad o diferencia representaría desventajas para ejercer la capacidad que supone el derecho”. Para corregir estos obstáculos se acude a la equidad (Secretaría de la Mujer de Bogotá, 2013).
Significa una distribución justa de los beneficios, el poder, los recursos y las responsabilidades entre las mujeres y los hombres. El concepto reconoce que, más allá de la igualdad formal ante la ley, en la realidad existen desigualdades entre mujeres y hombres en cuanto a oportunidades para el ejercicio de los derechos. Por ello, las estrategias de equidad de género se utilizan como medio para lograr la igualdad.
Género
La categoría género se refiere a la construcción social de la diferencia sexual. Su utilización como categoría de análisis permite comprender que desde instituciones como la escuela y la familia se inculcan roles y se generan capacidades y habilidades diferentes para mujeres y hombres, que son interpretadas como naturales desconociendo los procesos de socialización diferencial a los que son expuestas las personas por razón de su sexo (Secretaría Distrital de la Mujer, 2019). También permite comprender las desigualdades en el acceso al poder existentes entre mujeres y hombres, así como la discriminación que recae sobre estas últimas, como socialmente construidas y por tanto susceptibles de modificación.
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Identidad de género
La identidad de género hace referencia a la vivencia interna e individual del género, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluida la vivencia personal del cuerpo (MinJusticia, 2018).
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Igualdad de género
Consiste en la igualdad de derechos, oportunidades y responsabilidades para las mujeres y los hombres. Su consecución implica que las responsabilidades y las oportunidades no dependen ni se encuentran limitadas por el sexo de las personas. Constituye un principio formal establecido en el nivel normativo.
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Interseccionalidad
Esta perspectiva busca comprender el funcionamiento de las opresiones entrelazadas como una “matriz de dominación” en la cual no existen categorías de poder jerarquizadas o sumadas, sino ejes de poder entretejidos que configuran redes de posiciones sociales estructuradas (Viveros y Gil, 2014, p. 11), en las que los sistemas de género, raza, clase, sexualidad, edad, capacidad, entre otros, son inseparables. Una perspectiva interseccional no se agota con una enumeración o reconocimiento simple de identidades dadas por razón de género, raza, clase, sexualidad, edad, capacidad, entre otros, sino que intenta comprender cómo se imbrican y producen situaciones de poder (Secretaría Distrital de la Mujer, 2013).
Orientación sexual
De acuerdo con la Asociación Psicológica Americana, la orientación sexual es “una atracción emocional, romántica, sexual o afectiva duradera hacia otros”. Es la capacidad de cada persona de sentir una profunda atracción emocional, afectiva y sexual por personas de un género diferente al suyo, o de su mismo género, o de más de un género, así como la capacidad de mantener relaciones íntimas y sexuales con estas personas. (Principios de Yogyakarta).
Paridad
Se entiende como la participación igualitaria de las mujeres en cargos de decisión política (50% de los escaños). La paridad política es un ejercicio de igualdad y reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres en la medida que, históricamente, la representación de las mujeres en cargos de elección popular ha estado limitada por la división sexual del trabajo y los roles de género tradicionales (Secretaría Distrital de la Mujer, 2018).
De acuerdo con la Norma Marco de ONU Mujeres y el Parlamento Latinoamericano y Caribeño, los fines de la democracia paritaria son, en primer lugar, el establecimiento de un nuevo contrato social y de una forma de organización de la sociedad que erradique toda exclusión estructural sobre las mujeres y las niñas, y, en segundo lugar, el surgimiento de un nuevo equilibrio entre hombres y mujeres en el que ambos contraigan responsabilidades compartidas en todas las esferas de la vida pública y privada (ONU Mujeres, 2016, 13).
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Sexo
Igual que el género, es una categoría construida socialmente a partir de nociones biológicas que dividen a los seres humanos en mujeres y hombres.
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Fuentes:
Secretaría Distrital de la Mujer (2013). Lineamientos Plan de Formación en Política Pública de Mujeres y Equidad de Género (documento de trabajo). Bogotá, Colombia.
Secretaría Distrital de la Mujer (2019). Documento diagnóstico e identificación de factores estratégicos política pública de mujeres y equidad de género (PPMYEG). Bogotá, Colombia.
Naciones Unidas (2005). Objetivos de Desarrollo del Milenio: una mirada desde América Latina y el Caribe (LC/G.2331-P), J.L. Machinea, A. Bárcena y A. León (coords.), Santiago de Chile, Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal).
Cepal, Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe. Dimensiones de la autonomía de las mujeres. Recuperado de https://oig.cepal.org/es/autonomias
Eternod, M (2018). Brechas de género. Retos pendientes para garantizar el acceso a la salud sexual y reproductiva, y para cerrar las brechas de género. Recuperado dehttps://crpd.cepal.org/3/sites/crpd3/files/presentations/panel2_marcelaeternod.pdf
Ministerio de Justicia (2017), Cartilla de género. Bogotá: Minjusticia. Recuperado de: https://minjusticia.gov.co/Portals/0/Conexi%C3%B3n/CajaHerramientas/genero/Cartilla%20G%C3%A9nero%20final.pdf
Viveros Vigoya, Mara, y Gil, Carmen Gregorio (2014). Presentación. Revista de Estudios Sociales, (49), 9-17. Recuperado el 06 de noviembre de 2020 de http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0123-885X2014000200001&lng=en&tlng=es.
ONU Mujeres (2016). Norma marco para consolidar la democracia paritaria. Autor. Recuperado de https://lac.unwomen.org/es/digiteca/publicaciones/2016/06/marco-paritario
La transversalización del enfoque de género es una estrategia que toma en cuenta las necesidades, realidades e intereses de mujeres y población LGBTIQ+ en el diseño, la implementación y evaluación de una ley, política pública o programa con el objetivo de garantizar la igualdad y el cumplimiento de sus derechos.
El enfoque de género hace referencia a observar, estudiar y analizar los fenómenos sociales, económicos y culturales, a partir de los efectos diferenciados que tienen para hombres, mujeres y población LGBTIQ+ con el objetivo de transformar estas realidades y avanzar en una sociedad igualitaria y libre de violencias.
El género es una construcción social que asigna funciones, atributos y comportamientos diferentes a las personas. Tradicionalmente el género se ha asignado según el sexo y de acuerdo con las características sociales y culturales de una sociedad determinada. Esta asignación promueve una división binaria de las expresiones e identidades de las personas. Con el propósito de no favorecer desigualdades de acceso a oportunidades, discriminación y violencia hacia mujeres y población LGBTIQ+ por cuestión de género, en este espacio se busca garantizar la comprensión del género desde la diversidad y la equidad para las diversas expresiones identitarias de las personas.